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Reglamentación del Registro Único de
Proponentes:
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 4881
del 31 de diciembre de 2008, por el cual se
reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007,
en relación con la verificación de los
Proponentes y su acreditación para el
Registro Único de Proponentes –RUP- a cargo
de las Cámaras de Comercio.
Todas las personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras domiciliadas o con
sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar
contratos con las Entidades Estatales se
inscribirán en el Registro Único de
Proponentes del Registro Único Empresarial
de la Cámara de Comercio con jurisdicción en
su domicilio principal.
Descargue aquí el decreto 04881 de 2008,
por medio del cual se reglamenta
parcialmente la ley 1150 de 2007 en relación
con la verificación de las condiciones de
los proponentes y su acreditación para el
Registro Único de Proponentes a cargo de las
Cámaras de Comercio. |