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El Gobierno Nacional mediante el Decreto 393 de
2002, fijo las tarifas que deben sufragarse en favor de las Cámaras
de Comercio, por concepto del Registro de Proponentes.
De acuerdo con el Decreto 393 de 2002, las tarifas
expresadas en porcentaje menor o igual al 3% del s.m.m.l.v. serán
aproximadas al múltiplo de cien (100) más cercano, las demás se
aproximarán al múltiplo de mil (1.000) más cercano.
Teniendo en cuenta
que el salario mínimo fijado por el Gobierno Nacional para el año 2008
es de $461.500 las tarifas vigentes a partir del 2 de enero de 2008
son las siguientes: |